Los entes promotores o desarrolladores de parques industriales y logísticos deberán presentar los proyectos para su evaluación y posterior aprobación inicial o provisional ante la Secretaría de Parques Industriales y Zona Franca.
Las solicitudes, junto con la documentación requerida, deberán enviarse al siguiente correo electrónico: desarrolladorespirn@gmail.com de la Secretaría de Parques Industriales y Zona Franca, dependiente de la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente de la Provincia de Río Negro.
El proceso de evaluación consta de dos etapas principales:
En caso de identificarse algún incumplimiento en los requisitos formales, se notificará al solicitante para que subsane el trámite en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles administrativos desde la notificación electrónica. El incumplimiento de este plazo resultará en el archivo de las actuaciones.
Una vez realizado el control de la solicitud y la documentación, la Secretaría de Parques Industriales y Zona Franca se expedirá sobre la admisibilidad del proyecto. Esta decisión será notificada al solicitante y se solicitará el dictamen del municipio donde se ubicará el parque, del Gabinete Técnico y de la Secretaría de Asuntos Estratégicos y Planificación.
Desde la notificación de admisibilidad, la Secretaría de Parques Industriales y Zona Franca tendrá un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles administrativos para expedirse sobre la prefactibilidad del proyecto. Excepcionalmente, este plazo podrá prorrogarse por treinta (30) días adicionales, previa comunicación al solicitante.
La aprobación o rechazo de la prefactibilidad del proyecto se formalizará mediante un acto administrativo emitido por la Secretaría de Parques Industriales y Zona Franca. Esta aprobación de prefactibilidad es de carácter provisorio y habilita al solicitante a iniciar la ejecución del proyecto.
Para mantener la aprobación provisoria, el desarrollador deberá presentar informes semestrales detallando el avance de las obras de infraestructura y servicios, así como el fraccionamiento y la adjudicación de parcelas. Estos informes deberán enviarse a través del mismo canal digital utilizado para la presentación inicial del proyecto. La Secretaría de Parques Industriales y Zona Franca verificará e inspeccionará el cumplimiento efectivo de dichos informes.
La aprobación definitiva del proyecto se otorgará mediante un acto administrativo emitido por la Secretaría de Parques Industriales y Zona Franca, una vez que se hayan constatado, como mínimo, la finalización de las siguientes obras de infraestructura y servicios: